Registro de beneficiarios finales | OMC es una empresa con más de 65 años en la industria de servicios corporativos.
Si hay algo que podemos afirmar es que el cambio en esta industria es constante.
En los últimos meses hemos podido ver cambios considerables en las jurisdicciones de BVI, Nevis, Belice, Bahamas y Caimán por nombrar algunas.
Los cambios regulatorios en nuestro país son muy importantes para nosotros como empresa y a la vez para nuestros clientes.
A raíz de las múltiples consultas que hemos recibido por parte de clientes hemos decidido organizar este webinar sobre el Registro de Beneficiarios Finales en Panamá.
Registro de beneficiarios finales en Panamá
El registro de beneficiarios finales en Panamá fue concebido en la ley más reciente del 2020, donde se estableció un nuevo marco legal para la identificación de los beneficiarios finales de las entidades jurídicas, con el fin de prevenir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.
Este registro se encuentra bajo la responsabilidad de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) del Ministerio de Economía y Finanzas, quien es el ente encargado de recolectar y mantener la información actualizada de los beneficiarios finales de todas las empresas, fundaciones, sociedades y demás entidades jurídicas que operen en el país.
Es importante mencionar que el registro de beneficiarios finales es una herramienta esencial para la transparencia y la prevención del delito financiero.
Ya que al identificar a los beneficiarios finales de las entidades jurídicas, se puede evitar el uso de estas como vehículos para ocultar la propiedad real de los activos, reducir el riesgo de corrupción y proteger la integridad del sistema financiero.
Es importante para cumplir con los requisitos del registro de beneficiarios finales, las entidades jurídicas deben proporcionar información detallada sobre sus accionistas, directores, beneficiarios finales y cualquier otra persona que tenga el control o influencia significativa en la entidad.
Además, deben actualizar esta información en un plazo máximo de 30 días después de cualquier cambio en la propiedad o el control de la entidad.
El registro de beneficiarios finales en Panamá es una obligación legal y su incumplimiento puede acarrear sanciones y multas.
Por lo tanto, es importante que todas las entidades jurídicas que operan en el país cumplan con los requisitos del registro y mantengan su información actualizada.
Nueva Ley
La Ley N° 129, que establece el “Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales de Personas Jurídicas”.
Se aprobó en Panamá el 17 de marzo de 2020 y se ratificó el 20 de marzo de 2020.
¿Qué temas abarcamos dentro del webinar? | Registro de beneficiarios finales en Panamá
Comenzamos definiendo los detalles de la nueva ley de sistema privado y único de registro de beneficiarios finales de persona jurídicas en Panamá.
También compartimos información que nos ayudará en la identificación del Beneficiario Final junto con los datos de registro para el agente residente y persona jurídica.
Por último, mencionamos las sanciones al agente residente y a la persona jurídica por no cumplir las normas establecidas en la ley Número 129.
A continuación, les dejamos la grabación completa del seminario web.
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