Ecuador se suma a los Países Amigos de Panamá: qué significa para sus ciudadanos

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El 31 de agosto de 2026, el presidente de Panamá, José Raúl Mulino, firmó el Decreto Ejecutivo n.º 16, mediante el cual Ecuador se incorpora oficialmente a la lista de Países Amigos de Panamá. 

Con esta medida, los ciudadanos ecuatorianos acceden a una vía migratoria específica para establecer su residencia en el país, un cambio relevante en el marco de una relación bilateral que ha atravesado años de tensión y hoy se encamina hacia una nueva etapa de cooperación.

Un cambio bilateral con historia

La incorporación de Ecuador a la categoría de Países Amigos de Panamá no ocurre de manera aislada. Es el resultado de un proceso de normalización diplomática que se desarrolló en varias etapas.

  • En agosto de 2025, Ecuador excluye a Panamá de su lista de jurisdicciones consideradas paraísos fiscales.
  • En diciembre de 2025, Panamá procedió a derogar el Decreto de Gabinete n.º 13 de 2012, que imponía medidas de retorsión contra Ecuador y había mantenido una tensión bilateral durante casi una década.
  • El Decreto Ejecutivo n.º 16 es el tercer paso de ese proceso, y el que tiene implicaciones directas para los ciudadanos ecuatorianos interesados en establecerse en Panamá.

En la primera semana de septiembre de 2026, los presidentes Mulino y Noboa se reunieron en Guayaquil para abordar una amplia agenda bilateral: un acuerdo comercial parcial en negociación, proyectos de interconexión eléctrica regional, cooperación en materia de seguridad y un mecanismo de migración circular para trabajadores ecuatorianos en sectores como la agricultura, la acuicultura y la pesca.

¿Qué es la categoría Naciones Amigas?

La categoría de Países Amigos de Panamá, o Naciones Amigas, existe desde 2012. Consiste en una vía migratoria especial que el gobierno panameño reserva para ciudadanos de países con los que mantiene vínculos relevantes en los ámbitos económico, político o de cooperación. Lo que cambia con el Decreto Ejecutivo n.º 16 es que Ecuador ahora califica para acogerse a él.

Con esta categoría, los ciudadanos ecuatorianos pueden iniciar el proceso para obtener una residencia provisional en Panamá por un período de dos años. Al cumplir ese plazo y los requisitos correspondientes, es posible solicitar la residencia permanente con derecho a cédula panameña.

Cómo pueden calificar los ciudadanos ecuatorianos

Existen distintas vías para sustentar la solicitud bajo la categoría Ecuador en Países Amigos de Panamá, en función del perfil y los objetivos del solicitante:

  • Por razones laborales: esta modalidad aplica para aquellos solicitantes que cuenten con una relación laboral con una empresa panameña. Asimismo, será necesario tramitar el permiso de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá. Es importante tener en cuenta que la residencia en esta categoría no sustituye ni reemplaza dicho permiso de trabajo, que debe gestionarse por separado.
  • Para la inversión en un bien inmueble, se requiere una inversión mínima de US$200.000 en una propiedad en Panamá, que puede realizarse a título personal o mediante una persona jurídica. La operación puede financiarse a través de un banco local.
  • Por depósito a plazo fijo: se requiere una inversión mínima de US$200.000 en un banco panameño, con una vigencia mínima de tres años.

En todos los casos, la residencia puede incluir dependientes, sujeta a la documentación y a requisitos específicos. La oficina de Migración Panameña puede solicitar información adicional a su discreción. 

Los beneficios no son automáticos: la solicitud debe cumplir con los requisitos de seguridad, documentación y justificación económica establecidos.

OMC Group y la gestión migratoria en Panamá

OMC Group ofrece asistencia informativa y administrativa a ciudadanos ecuatorianos y a sus asesores que deseen evaluar las opciones de residencia disponibles en Panamá en la categoría de Ecuador de Países Amigos de Panamá. Nuestro equipo en la oficina de Panamá proporciona información precisa y objetiva sobre los procedimientos aplicables, los requisitos documentales y las etapas del proceso migratorio, para que usted y sus asesores calificados puedan tomar decisiones bien fundamentadas.

Nota aclaratoria: OMC Group y sus filiales no proporcionan asesoramiento legal, fiscal o de inversión. La información contenida en este artículo es de carácter exclusivamente informativo y no debe utilizarse ni considerarse como asesoramiento. Los requisitos migratorios pueden modificarse por disposición de las autoridades panameñas. Se recomienda consultar a sus asesores legales antes de iniciar cualquier trámite migratorio.

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