¿Qué es el Marco Inclusivo de la OECD G20 sobre Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios?
En los últimos años, el tema de un campo de juego más equitativo en cuanto a la cantidad de impuestos que pagan las entidades multinacionales (EMN) ha cobrado relevancia por varias razones.
En octubre de 2021, se alcanzó un acuerdo histórico para establecer una tasa impositiva global mínima para las EMN que generan una determinada cantidad de ingresos y, al mismo tiempo, implementar un enfoque de «dos pilares».
Las EMN que entran dentro del alcance del Pilar 1 del acuerdo (ver más adelante) deben pagar impuestos en cualquier jurisdicción donde operen y generen beneficios, independientemente de si tienen o no presencia física en dicha jurisdicción.
El título oficial del acuerdo es la Solución de Dos Pilares para Abordar los Desafíos Fiscales Derivados de la Digitalización de la Economía (Solución de Dos Pilares o Declaración de Octubre de 2021).
¿Por qué fue tan importante el acuerdo de la OECD G20?
El acuerdo alcanzado en octubre de 2021 fue muy importante porque 136 países de todo el mundo se comprometieron a trabajar con el Marco Inclusivo de la OECD G20 sobre Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS) y específicamente en la Solución de Dos Pilares.
¿Por qué es necesario reformar el sistema fiscal internacional?
Muchos países han expresado su preocupación por el hecho de que las EMN no pagan su parte justa de impuestos en los países donde operen y generen beneficios, sin importar su ubicación física.
El objetivo también es aumentar la transparencia y recuperar ingresos perdidos para varios países debido a la evasión fiscal de las EMN.
¿Qué es la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios?
La Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) se refiere a estrategias de planificación fiscal utilizadas por las EMN que explotan lagunas y desajustes en las normas fiscales para evitar el pago de impuestos.
Como se mencionó anteriormente, esto genera pérdidas de miles de millones de dólares en ingresos fiscales cada año y afecta especialmente a los países en desarrollo, que dependen en mayor medida del impuesto sobre la renta de las empresas.
¿Qué es el Marco Inclusivo de la OECD G20 sobre BEPS?
El Marco Inclusivo de la OECD G20 sobre BEPS (Marco Inclusivo) está conformado por 142 países miembros y fue creado para reformar el sistema fiscal internacional con el objetivo de adaptarlo al siglo XXI, incluyendo los desafíos fiscales derivados de la economía digital.
¿Cómo surgió la creación del Marco Inclusivo de la OECD G20?
La OCDE y el G20 adoptaron el Plan de Acción sobre BEPS en 2013, identificando 15 acciones.
Tras dos años de trabajo, las 15 acciones se convirtieron en un conjunto consolidado de medidas que se presentó a los líderes del G20 en noviembre de 2015.
El acuerdo histórico de octubre de 2021 fue en gran parte el resultado del avance progresivo en la primera de las 15 medidas, titulada “Abordar los Desafíos Fiscales Derivados de la Digitalización de la Economía”.
Después de presentar esta lista consolidada de medidas para abordar BEPS, la OCDE y el G20 buscaron una forma de hacer que la implementación de esas medidas fuera más inclusiva.
La idea era que los países interesados y comprometidos con la implementación de las medidas tuvieran igualdad de condiciones en las negociaciones. Esto llevó a la creación del Marco Inclusivo de la OECD G20.
El papel principal del Marco Inclusivo es supervisar y revisar (mediante revisiones entre pares, entre otros métodos) la implementación de las medidas anti-BEPS.
Es importante destacar que, además de los miembros del Marco Inclusivo, hay otras organizaciones internacionales y organismos fiscales regionales involucrados en este trabajo.
¿Se ha implementado ya el acuerdo alcanzado en 2021 en el Marco Inclusivo de la OECD G20?
Desde el acuerdo de octubre de 2021, se ha avanzado mucho en su implementación, la cual, como se mencionó anteriormente, se divide en dos «pilares» o secciones.
Pilar 1
El primer pilar se refiere a las normas técnicas necesarias para la implementación de la reasignación de derechos tributarios, es decir, garantizar que las EMN paguen impuestos sobre los ingresos generados en un país donde no necesariamente tienen presencia física.
Las EMN con ingresos globales superiores a 20.000 millones de euros y rentabilidad superior al 10% estarán cubiertas por este pilar. El 25% de los beneficios obtenidos por encima del umbral del 10% se reasignará a los países de mercado donde las EMN tengan actividades comerciales, independientemente de si tienen una presencia física allí.
En julio de 2022, se publicó un Informe de Avance sobre el Pilar 1 para consulta pública.
El objetivo es que la mayor cantidad de países posible ratifiquen una Convención Multilateral (MLC), también conocida como Instrumento Multilateral (MLI), para aplicar de manera efectiva las disposiciones del Pilar 1. Hasta ahora, más de 100 países han acordado participar, y 79 han ratificado la MLC.
Pilar 2
El segundo pilar es la base para la implementación de una tasa impositiva mínima global del 15% para las EMN con ingresos consolidados de al menos 750 millones de euros, utilizando las Reglas Modelo de la Lucha contra la Erosión de la Base Imponible (GloBE).
Estas reglas se publicaron en diciembre de 2021, seguidas por un ‘Comentario’ en marzo de 2022, titulado ‘Desafíos Fiscales Derivados de la Digitalización de la Economía – Comentario sobre las Reglas Modelo GloBE (Pilar 2) Primera Edición’, que incluye orientación sobre diversos temas como:
- Cálculo de los ingresos o pérdidas globales de una EMN y la posibilidad de aplicar un impuesto complementario en jurisdicciones de baja tributación.
- Reorganización y estructuras de propiedad especial, incluyendo transferencias de activos y pasivos que podrían afectar los ingresos consolidados de una EMN.
- Neutralidad fiscal, garantizando que las Reglas Modelo GloBE se apliquen correctamente.
- Reglas administrativas y transitorias, que detallan medidas prácticas para la implementación de las Reglas Modelo GloBE.
En diciembre de 2022, se publicó el Paquete de Implementación para el Pilar 2.
En febrero de 2023, se emitió un documento titulado ‘Guía Administrativa Acordada para las Reglas GloBE del Pilar 2’.
Existen muchas ventajas en la implementación de medidas para combatir BEPS y evitar la posible pérdida de ingresos que genera.
OMC continuará informando sobre los avances en la implementación del acuerdo de octubre de 2021.
Si está interesado en más información sobre este tema, no dude en contactarnos.